Noruega

Europa

PIB per Capita ($)
$87702.9
Población (en 2021)
5,5 millones

Evaluación

Riesgo País
A1
Clima empresarial
A1
Antes
A1
Antes
A1
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Resumen

Fuerzas

  • Grandes cantidades de recursos naturales, entre los que destaca la energía hidroeléctrica, además de enormes yacimientos de petróleo y gas natural, que representan una parte importante del PIB (22 %), de los ingresos fiscales (~30 %), de las inversiones (~23 %) y de las exportaciones (~67 %)
  • Bajo nivel de corrupción y un espacio político consensuado, con un alto nivel de vida y un fuerte poder adquisitivo interno
  • El mayor fondo soberano del mundo (aproximadamente cuatro veces el PIB del país).
  • Noruega tiene acceso al mercado único de la UE a través del Espacio Económico Europeo (EEE) y es un Estado miembro de la OTAN

Debilidades

  • Déficit presupuestario estructural, sin tener en cuenta los ingresos procedentes del petróleo y el gas
  • Elevado endeudamiento de los hogares, sensible a las variaciones de los tipos de interés debido a los tipos variables
  • Altos costes laborales y escasez de trabajadores cualificados

Intercambios comerciales

Exportaciónde mercancías en % del total

Europa
47%
Reino Unido
19%
Suecia
7%
Polonia
6%
Dinamarca
5%

Importación de mercancías en % del total

Europa 33 %
33%
China 12 %
12%
Suecia 11 %
11%
Estados Unidos 8 %
8%
Reino Unido 5 %
5%

Perspectiva

This section is a valuable tool for corporate financial officers and credit managers. It provides information on the payment and debt collection practices in use in the country.

Crecimiento estable en los sectores público y privado

En 2025, la economía de Noruega crecerá a un ritmo sólido, impulsada por una combinación de aumento del consumo de los hogares, incremento del gasto público y mejora de la actividad en el sector de los hidrocarburos. La recuperación del consumo privado se debe, en parte, al efecto riqueza derivado del aumento de los precios de la vivienda, que ha reforzado la situación financiera de los hogares. Al mismo tiempo, el gasto público sigue siendo un factor de apoyo, mientras que el sector energético se beneficia de una actividad sostenida en el ámbito de los hidrocarburos.

Sin embargo, persisten los riesgos. El elevado crecimiento salarial, impulsado por la actual escasez de mano de obra en determinados sectores, sigue ejerciendo presiones inflacionistas. Esto limita la capacidad del banco central para recortar los tipos de interés de forma agresiva, y las expectativas apuntan actualmente a unos dos recortes de 25 puntos básicos a lo largo del año. La tensión en el mercado laboral y las persistentes preocupaciones por la inflación podrían prolongar el período de política monetaria restrictiva.

En 2025, se prevé que aumente el número de insolvencias en Noruega, lo que refleja una normalización continuada tras un prolongado período de niveles más bajos. Aunque este aumento pueda parecer significativo, el número absoluto de insolvencias se mantiene dentro de los niveles históricos y no debería indicar una ola alarmante de quiebras empresariales. Al mismo tiempo, el aumento de los costes ejercerá presión sobre las empresas, lo que contribuirá al incremento de las insolvencias. El crecimiento salarial sigue siendo elevado, mientras que los precios de la energía continúan siendo un reto para los sectores con altos costes. No obstante, la sólida actividad económica debería mantener los niveles generales de insolvencia en niveles manejables.

Las balanzas se ven favorecidas por la actividad de los hidrocarburos

En 2025, se prevé que la balanza por cuenta corriente de Noruega se reduzca ligeramente, aunque seguirá caracterizándose por un sustancial superávit de bienes, impulsado principalmente por las exportaciones de hidrocarburos. Si bien se prevé que la producción de hidrocarburos se mantenga fuerte, la balanza comercial global podría experimentar cierta moderación. Por su parte, es probable que la balanza de servicios mantenga un déficit similar o experimente un ligero aumento. Una característica clave de la posición exterior de Noruega sigue siendo su elevado saldo de rentas y transferencias corrientes, respaldado por los rendimientos de sus importantes activos en el extranjero, incluido el fondo soberano más grande del mundo.

Se prevé que el saldo público de Noruega se mantenga sólido, con un superávit que seguirá siendo considerable a pesar del aumento del gasto público. El aumento de los ingresos, en particular los procedentes del sector de los hidrocarburos, compensará el incremento de los gastos, lo que mantendrá la deuda pública prácticamente sin cambios. Esto refleja la estable situación fiscal del país, aunque, al igual que en años anteriores, la economía continental seguiría registrando un déficit sin la producción de petróleo y gas y los ingresos fiscales y transferencias del fondo relacionados con ella.

Se prevé una reñida contienda electoral en otoño

Las próximas elecciones parlamentarias, previstas para septiembre de 2025, se perfilan como un hito importante. El actual Gobierno asumió el cargo a principios de este año después de que el Partido del Centro —un partido agrícola y euroescéptico— abandonara la coalición anterior debido a desacuerdos sobre la futura relación de Noruega con la UE, especialmente en materia de política energética. Como resultado, el Partido Laborista gobierna ahora en solitario, con el ex primer ministro y secretario general de la OTAN, Jens Stoltenberg, de vuelta como ministro de Hacienda. Desde la ruptura y el regreso de Stoltenberg, el Partido Laborista ha experimentado un repunte en las encuestas, lo que hace que el resultado de las elecciones de otoño sea cada vez más incierto.

La incertidumbre política exterior sigue siendo un tema clave en Noruega en 2025, ya que la cambiante dinámica global obliga al país a reevaluar sus prioridades estratégicas. La llegada de la nueva Administración estadounidense a la escena internacional ha aumentado la presión sobre Noruega para que aumente el gasto en defensa, refuerce sus compromisos con la OTAN y, al mismo tiempo, impulse debates sobre una mayor autosuficiencia. Al mismo tiempo, Noruega está reevaluando su relación con la UE, no solo en términos de cooperación en materia de seguridad, sino también en lo que respecta a su papel como proveedor energético clave. Estas consideraciones geopolíticas en constante evolución están configurando tanto la política de defensa como el marco de las relaciones energéticas de Noruega con Europa.

Condiciones de pago y recobro de deuda

Esta sección constituye una herramienta muy útil para los responsables financieros y los gestores de crédito de las empresas. Ofrece información sobre las prácticas de pago y cobro de deudas vigentes en el país.

Pago

Las transferencias bancarias son, con diferencia, el medio de pago más utilizado. Todos los principales bancos noruegos utilizan la red electrónica BIC/SWIFT, que ofrece un servicio de transferencia internacional de fondos económico, flexible y rápido.

La centralización de cuentas, basada en un sistema local centralizado de cobro y en una gestión simplificada de las transferencias de fondos, también constituye una práctica relativamente habitual.

Los pagos electrónicos, que consisten en la ejecución de órdenes de pago a través de la página web del banco del cliente, están muy extendidos.

Las letras de cambio y los cheques no se utilizan de forma generalizada ni se recomiendan, ya que deben cumplir una serie de requisitos formales para ser válidos. Además, los acreedores suelen negarse a aceptar cheques como medio de pago. Por regla general, ambos instrumentos sirven principalmente para acreditar la existencia de una deuda.

Por el contrario, los pagarés (gjeldsbrev) son mucho más habituales en las transacciones comerciales y ofrecen garantías superiores cuando van acompañados de un reconocimiento inequívoco de la suma adeudada que, en caso de incumplimiento posterior, permitirá al beneficiario obtener un título ejecutivo de un tribunal competente.

Cobro de deudas

Fase amistosa

El proceso de cobro se inicia con el envío al deudor de un requerimiento de pago del importe principal, más las penalizaciones por intereses acordadas contractualmente, en un plazo de 14 días.

Cuando un contrato no contiene ninguna cláusula de penalización específica, los intereses comienzan a devengarse 30 días después de que el acreedor notifique la reclamación de pago y, desde 2004, se calculan sobre la base del tipo de interés de referencia determinado por el Banco Central de Noruega (Norges Bank) vigente a partir del 1 de enero o del 1 de julio del año en cuestión, incrementada en ocho puntos porcentuales.

A falta de pago o de acuerdo, los acreedores pueden acudir a la Junta de Conciliación (Forliksrådet), un órgano cuasi administrativo. Para acogerse a este procedimiento, los acreedores deben presentar documentos que acrediten su reclamación, cuya cuantía debe estar expresada en coronas noruegas.

A continuación, la Junta de Conciliación concede al deudor un breve plazo para responder a la reclamación presentada antes de oír a las partes, ya sea en persona o a través de sus representantes oficiales (stevnevitne). En esta fase del procedimiento, no se exige sistemáticamente la presencia de abogados. El acuerdo alcanzado será ejecutable de la misma manera que una sentencia.

Procedimientos judiciales

Si no se llega a un acuerdo, el caso se remite al tribunal de primera instancia para su examen. No obstante, en el caso de las reclamaciones que se consideren válidas, la Junta de Conciliación está facultada para dictar una resolución que tiene la misma fuerza que una sentencia judicial.

Un asunto remitido a un tribunal superior se iniciará con una citación para comparecer ante el tribunal municipal o de distrito. La citación se notificará al deudor, junto con la orden de comunicar al tribunal su intención de defenderse si así lo desea.

Cuando el demandado no responde a la citación en el plazo establecido (unas tres semanas) o no comparece en la vista, la Junta dicta una resolución en rebeldía, que también tiene la misma fuerza que una sentencia judicial. La duración de los procedimientos varía de un tribunal a otro.

Las demandas más complejas o controvertidas son tramitadas por el tribunal de primera instancia (tingrett). El procedimiento en pleno de este tribunal se basa en pruebas orales y alegaciones escritas. El tribunal examina los argumentos y oye a los testigos de las partes antes de dictar sentencia.

Noruega no cuenta con un sistema de tribunales mercantiles, pero el tribunal de primera instancia es competente para conocer de la enajenación de activos de capital, las sucesiones patrimoniales y los procedimientos de insolvencia.

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Ejecución de una resolución judicial

Una sentencia nacional es ejecutable durante diez años si ha adquirido firmeza. Si el deudor no cumple la sentencia, el acreedor puede solicitar la ejecución forzosa de la misma a las autoridades de ejecución, que procederán a embargar los bienes y fondos del deudor.

Aunque Noruega no forma parte de la UE, se aplicarán mecanismos de ejecución específicos y ventajosos a las resoluciones dictadas por países de la UE, como los mandamientos de pago de la UE o el título ejecutivo europeo, en virtud del «Régimen de Bruselas». En cuanto a las resoluciones dictadas por países no miembros de la UE, se ejecutarán sobre la base de la reciprocidad, siempre que el país emisor sea parte de un acuerdo bilateral o multilateral con Noruega.

Procedimientos de insolvencia

PROCEDIMIENTOS EXTRAJUDICIALES

En Noruega son habituales las reorganizaciones privadas no administradas judicialmente, aunque no estén reguladas por ley. Los deudores y los acreedores son libres de llegar a cualquier tipo de acuerdo, pero en la práctica suele aplicarse la Ley de Reorganización de Deudas y Quiebras. Un tercero (un abogado o un contable) puede encargarse del proceso si así lo desean las partes.

REESTRUCTURACIÓN DE LA DEUDA

Este procedimiento solo puede ser iniciado por un deudor que lo desee. Su situación financiera se evalúa con un comité de supervisión designado por el tribunal y se elabora una propuesta de convenio. Si el tribunal da su visto bueno, un comité de convenio, así como un administrador designado por el tribunal, gestionarán las operaciones del deudor y redactarán un acuerdo de convenio. Un procedimiento de liquidación de deudas puede dar lugar a una liquidación completa de la deuda, a un convenio de liquidación o al inicio de un procedimiento de quiebra.

PROCEDIMIENTOS DE QUIEBRA

El procedimiento puede iniciarse por resolución judicial, ya sea a instancia del deudor o del acreedor. Este último debe garantizar el pago de los gastos relacionados con el procedimiento. El tribunal nombrará a un administrador concursal y evaluará la necesidad de constituir un comité de acreedores antes de dictar el auto de quiebra, concediendo a los acreedores un plazo para presentar sus reclamaciones (de tres a seis semanas). Se embargarán todos los bienes del deudor, se evaluará la deuda y se elaborará una lista de créditos admitidos.

Si no se llega a un acuerdo, el caso se remite al tribunal de primera instancia para su examen. No obstante, en el caso de las reclamaciones que se consideren válidas, la Junta de Conciliación está facultada para dictar una resolución que tiene la fuerza de una sentencia judicial. Un caso remitido a un tribunal superior se iniciará con una citación para comparecer ante el tribunal municipal o de distrito. La citación se notificará al deudor junto con una orden para que comunique al tribunal su intención de defenderse, si así lo desea.

Cuando el demandado no responde a la citación en el plazo establecido (unas tres semanas) o no comparece en la vista, la Junta dicta una resolución en rebeldía, que también tiene la fuerza de una sentencia judicial. La duración de los procedimientos varía de un tribunal a otro.

Las demandas más complejas o controvertidas son tramitadas por el tribunal de primera instancia (tingrett). El procedimiento en pleno de este tribunal se basa en pruebas orales y alegaciones escritas. El tribunal examina los argumentos y oye a los testigos de las partes antes de dictar sentencia.

Noruega no cuenta con un sistema de tribunales mercantiles, pero el tribunal de primera instancia es competente para conocer de la enajenación de activos de capital, las sucesiones patrimoniales y los procedimientos de insolvencia.

Última actualización: marzo de 2025